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BITACORA DE ABIPASE

¿Y si luego pasa algo?

Qué es lo que está pasando con las mujeres?, ¿por qué son incesablemente atacadas por sus parejas? El problema de la violencia de género no es nuevo, siempre ha existido, desde que el hombre primitivo cogía a su hembra de los pelos y la arrastraba por los suelos. Lo que pasa es que ni se llamaba violencia de género, ni doméstica, ni nada de nada. Siglos y siglos después, los hombres seguían maltratando a su mujeres, pero éstas no sabían, o no querían saber, que podían denunciar, y lo aguantaban, o no... pero era su problema, y se llevaba en secreto. A nadie le preocupaba, porque nadie sabía de ello, y porque como no se había intentado atajar, pues no se había fracasado, ni se veía como un mal de la sociedad que había que evitar. Ahora las cosas han cambiado, y la violencia de género constituye uno de los problemas político criminales de primer orden.

Las denuncias se incrementan vertiginosamente, los juzgados están colapsados de procedimientos por malos tratos a mujeres, las campañas publicitarias son bestiales. Todo el mundo parece estar sugestionado con el tema, todo el mundo apoya a las víctimas. A los centros penitenciarios cada día llegan más maltratadores. Y todas las noches cientos de hombres duermen bajo un puente, pues todos los días se dictan cientos de órdenes de protección. Y, sin embargo, cada vez hay más víctimas..., ¿por qué?, ¿qué está sucediendo? Pues, sencillamente, lo de siempre: que o es blanco o es negro. O no hacemos ni caso a las mujeres maltratadas por sus parejas, como hace no tantos años, o hacemos caso a todas las mujeres, por el hecho de serlo, y cumplimos la Ley a rajatabla. Pero haciendo esto resulta que hay más hombres que maltratan a sus parejas que hombres que no lo hacen. Y por ello cada vez hay más víctimas, y cada vez habrá más. Y esto no cuadra, ni siquiera estadísticamente.

Nadie pone en duda, ya que es un hecho demostrado, que hay mujeres maltratadas, y que ha habido mujeres asesinadas, y sobre cuyos autores materiales, sus parejas o ex parejas, debe actuar duramente el Derecho penal. Y también es evidente que hay que evitar que las siga habiendo, mediante programas de prevención. Pero no rasgándonos las vestiduras a la moda, pues con la actual política al respecto, pasada no una, sino varias vueltas de tuerca, lo único que se consigue es que las cifras bailen. No se puede, no se debe, como se está procediendo de un tiempo a esta parte, criminalizar toda discusión de pareja, donde los malos tratos brillan por su ausencia. Es inconcebible que se pretenda, y que se consiga, ventilar separaciones y divorcios en el Juzgado de lo Penal. Es absolutamente vulnerador de la lógica y de la razón que por el simple hecho de que una mujer refiera «tener miedo» se eche literalmente a la pareja de casa, en base a ¿y si luego pasa algo? Es realmente desmoralizador que un fiscal informe en el acto del juicio que «aunque a todos nos parezca que debería haber otros caminos para ventilar el asunto, y aunque todos opinemos que la ley nos parece exagerada, y hasta errónea, es la ley y hay que cumplirla... y por tanto, solicito la condena de Fulanito». Es aterrador que jueces, fiscales y fuerzas de seguridad se lleven las manos a la cabeza con el aluvión de denuncias de malos tratos, en su opinión, falsas, y aun así deban proceder como la ley dispone, «por si luego pasa algo».

Y, mientras tanto, lo que pasa es que más y más mujeres (muchas de ellas extranjeras) ven en el Derecho penal, en lo que debería ser la última ratio, la oportunidad de su vida. Y, efectivamente, la consiguen, pues la interpretación desvirtuada que en la actualidad se realiza de nuestra querida Ley Integral, se la brinda. ¿Tienen en cuenta nuestros fiscales a la hora de acusar, y nuestros jueces a la hora de dictar sentencia, cuál es el verdadero objeto y sentido de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?

No olvidemos que es ésta y sólo esta ley la que modifica el Código Penal e introduce preceptos que castigan este tipo de violencia. Y, sin embargo, ésta no es respetada la gran mayoría de las veces. El artículo 1 de la citada Ley Integral, que sienta las bases sobre el objeto de la misma, el único objeto de esta ley orgánica que modifica el Código Penal, establece lo siguiente: «La presente ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia». Es decir, que se exige para estimar típica la conducta una especial relación de sometimiento, discriminación, dominación o subyugación sobre la mujer, extremo que, hoy en día, quizá por desconocimiento del sentido de esta ley, quizá por deformación de la misma, o quizá simplemente por infracción, sin más, del precepto que sienta su objeto, en este tipo de procedimientos, nadie, ni el Ministerio Público, ni las acusaciones particulares, ni los jueces, dicho sea con el debido respeto, tienen en cuenta, ni respetan, la verdadera literalidad de la ley, cuanto ni menos su sentido.

No pretendía esta ley desproteger a los hombres, como está sucediendo en la práctica por su defectuosa aplicación, y respecto a lo cual tendrá el Tribunal Constitucional que manifestarse al respecto en breve, cuando colapsado por las numerosas vulneraciones de la tutela judicial efectiva que le van a ir llegando, no le quede más remedio que tomar cartas en el asunto y acotar, sino proteger a las mujeres en las que concurriesen las características que establece su artículo 1, que son muchas, pero no todas.

Y mientras tanto: ¿qué pasa con ese hombre, como otros tantos, al que la Guardia Civil ni siquiera esposó cuando le llevó al juzgado porque sus principios no se lo permitían ya que percibió la tangada de denuncia? Pues ese hombre sin techo, como otros tantos, deberá demostrar, desde debajo del puente, que es inocente, invirtiendo la carga de la prueba, sin que ella tenga que demostrar absolutamente nada acerca de la veracidad de la acusación, pues ahora ya no es necesario ni que existan lesiones. Pero, en cualquier caso, cuando hablo de lesiones no me refiero a una mano imputada, por ejemplo, sino a un simple cardenal, de los que, tanto yo misma, que me voy dando con todo objeto que se me cruza, como la gran mayoría de mortales, tenemos prácticamente todos los días. Sólo hay que ir a cualquier ambulatorio que pille de paso e imputárselos al pobre desgraciado que nos va arreglar la vida.

Y, ésta, por mucho que pese a quien pese, es la situación actual que tenemos que presenciar día tras día los que al Derecho Penal nos dedicamos. Y ésta es la situación actual en la que se encuentran muchos, muchísimos hombres que jamás han maltratado a su pareja. Pero así ha de ser «por si luego pasa algo».

Bárbara Royo García es abogada y profesora de Política Criminal de la Universidad Camilo José Cela (UCJC).

EL MUNDO - Tribuna Libre
BARBARA ROYO GARCIA
04.12.06

 
05/12/2006 08:53 Autor: menores. #. Tema: Violencia Doméstica.

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